El acuerdo comercial entre Argentina y Estados Unidos resonó en todo el arco político y no se trata de un simple tratado de intercambio, en materia laboral, Argentina se compromete a garantizar los “derechos laborales reconocidos internacionalmente” y a prohibir “importaciones hechas con trabajo forzado”.
Estos fragmentos del texto implican que el país tendrá que armonizar su legislación y supervisión laboral con convenios internacionales —por ejemplo de la OIT— y afrontar procesos de verificación para demostrar que las cadenas productivas no emplean trabajo forzado.

Esto implica adoptar estándares como los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), entre los que se destacan la libre asociación de trabajadores, negociación colectiva y prohibición del trabajo forzoso. Además, proteger los “derechos laborales reconocidos internacionalmente” requiere de participar en mecanismos de supervisión o registro de cumplimiento.
La prohibición de “importaciones hechas con trabajo forzado” obliga a Argentina a vetar productos que hayan sido elaborados bajo esa condición, con pena de sanciones o exclusión del régimen preferencial.